Nuestro compañero recibió carta de despido tras legalizar la Sección Sindical de CNT-AIT en la empresa Ferrallats Manxa S.A. Dedicada al suministro de materiales metálicos para la construcción.
La empresa consideraba Despido Objetivo , lo cual no era aceptado por nuestro compañero ni por nuestro sindicato, pidiendo como mínimo sino la readmisión el despido improcedente, pasando de los 20 días por año trabajado que ofrecía la empresa a 45 días por año trabajado según CNT, entendiendo que ciertamente la producción había bajado y que el compañero con los 45 días y el prorrateo de pagas extras y vacaciones se conformaba.
Se habló con el gerente de la empresa y se le intentó explicar que tanto la carta de despido como las causas objetivas eran incorrectas y dejándole claro que era delegado de la Sección de CNT. En ningún momento quiso entrar en razón y le advertimos que le iba a salir mucho más caro económicamente si no aceptaba las condiciones que le proponíamos.
Al final, después de intentar llegar a un acuerdo tubo que irse a juicio, donde en primera instancia se consiguió DESPIDO IMPROCEDENTE teniendo que indemnizar al compañero con 45 días por año trabajado, ya que la empresa reconoció el mismo dentro de los plazos establecidos, pagando lo que se le pedía desde el inicio del conflicto y no teniendo que abonar salarios de tramitación.
No contentos con esto recurrimos la sentencia y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya dictaminó DESPIDO NULO, teniendo que pagar la empresa los salarios de tramitación y obligándola a readmitir al compañero que en estos momentos ya está trabajando en la empresa otra vez en su mismo puesto de trabajo con 17.000 euros mas en el bolsillo y con la Sección Sindical otra vez en marcha.
CNT-AIT de Olot
La empresa consideraba Despido Objetivo , lo cual no era aceptado por nuestro compañero ni por nuestro sindicato, pidiendo como mínimo sino la readmisión el despido improcedente, pasando de los 20 días por año trabajado que ofrecía la empresa a 45 días por año trabajado según CNT, entendiendo que ciertamente la producción había bajado y que el compañero con los 45 días y el prorrateo de pagas extras y vacaciones se conformaba.
Se habló con el gerente de la empresa y se le intentó explicar que tanto la carta de despido como las causas objetivas eran incorrectas y dejándole claro que era delegado de la Sección de CNT. En ningún momento quiso entrar en razón y le advertimos que le iba a salir mucho más caro económicamente si no aceptaba las condiciones que le proponíamos.
Al final, después de intentar llegar a un acuerdo tubo que irse a juicio, donde en primera instancia se consiguió DESPIDO IMPROCEDENTE teniendo que indemnizar al compañero con 45 días por año trabajado, ya que la empresa reconoció el mismo dentro de los plazos establecidos, pagando lo que se le pedía desde el inicio del conflicto y no teniendo que abonar salarios de tramitación.
No contentos con esto recurrimos la sentencia y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya dictaminó DESPIDO NULO, teniendo que pagar la empresa los salarios de tramitación y obligándola a readmitir al compañero que en estos momentos ya está trabajando en la empresa otra vez en su mismo puesto de trabajo con 17.000 euros mas en el bolsillo y con la Sección Sindical otra vez en marcha.
CNT-AIT de Olot