Es un gran consuelo comprobar cómo los célebres "cien años de honradez" siguen creciendo.
Este exconfidente de la policía franquista era el ejemplo de trabajador que admiraba Felipe González y Zapatero. El "sindicalista" minero, "representaba y dirigía el "sindicato" prevaliéndose de su
posición jerárquica sobre el resto de miembros y trabajadores del mismo,
que no ponían en duda ni discutían sus decisiones o simples deseos,
aprobando incluso su gestión, algunos, tal vez, por desconocimiento".
La Sección Tercera de la Audiencia provincial de Asturias ha condenado al exlíder del SOMA-UGT y exdiputado del PSOE, José Ángel Fernández Villa, a tres años de prisión como autor de un delito continuado de apropiación indebida. La Fiscalía había pedido cinco años y la acusación particular ejercida por el sindicato, seis.
Fernández Villa tendrá que indemnizar al sindicato minero que dirigió durante 35 años con 431.330 euros por daños y perjuicios. Asimismo, ha sido condenado a una inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a 10 meses de multa, a razón de 80 euros al día, lo que hace un total de 24.000 euros.
Cabe destacar que la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
En esta misma causa también fue condenado el exsecretario general del Infide, dependiente del SOMA-UGT, Pedro Castillejo. Fue sentenciado a dos años de prisión y al pago de una indemnización a la Fundación de 114.954 euros por haber desviado esa cantidad de dinero a su patrimonio personal.
Además, Fernández Villa también está siendo investigado por la Fiscalía Anticorrupción por el origen de los 1,4 millones que regularizó en la última amnistía fiscal.
La sentencia, explica que el ex "sindicalista" “hizo suyo y destinó el dinero del sindicato para sus propios gastos, utilizando los recursos ajenos en su provecho y beneficio exclusivo, extendiéndose esa conducta durante años y llevándose a cabo de diversas maneras y formas y por diferentes cantidades cada vez”.
Fernández Villa se apropió entre 1989 y 2001 de más de 234.000 euros procedentes de las dietas que la empresa Hunosa pagaba mediante cheques a los miembros del sindicato por la asistencia al Comité Intercentros, y que él cobraba para quedarse con los importes.
Además, entre 2001 y 2012 cobró de las cuentas del sindicato distintas cantidades, al margen del kilometraje y de las dietas que le correspondían por el desarrollo de sus funciones de secretario general, por un importe total de 417.394 euros.
Entre los gastos abonados desde las cuentas de la patronal hay comidas, puros, sombreros, productos dietéticos, maletas, productos delicatesen, perfumes, ropa, libros, discos y películas.
Señala que tras haber terminado de pagar un Mitsubishi Montero, siguió percibiendo las cuotas que le eran transferidas por el sindicato, por un importe total de 16.764 euros, “con el fin de compensarse de la disminución de sus ingresos” al cesar en los cargos que había ejercido en el Parlamento asturiano y en el Senado.
Destaca que “nos encontramos ante una apropiación por un importe 434.158,43 euros, que supera en más de ocho veces la prevista para la cualificación, en una conducta de infidelidad que se extiende a lo largo del tiempo, del 1989 al 2012, y ello por quien ostenta puestos de singular importancia sindical y política, por lo que la gravedad cuantitativa y las condiciones personales de su autor justifican la imposición de una pena de prisión de 3 años”.
Fernández Villa tendrá que indemnizar al sindicato minero que dirigió durante 35 años con 431.330 euros por daños y perjuicios. Asimismo, ha sido condenado a una inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a 10 meses de multa, a razón de 80 euros al día, lo que hace un total de 24.000 euros.
Cabe destacar que la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
En esta misma causa también fue condenado el exsecretario general del Infide, dependiente del SOMA-UGT, Pedro Castillejo. Fue sentenciado a dos años de prisión y al pago de una indemnización a la Fundación de 114.954 euros por haber desviado esa cantidad de dinero a su patrimonio personal.
Además, Fernández Villa también está siendo investigado por la Fiscalía Anticorrupción por el origen de los 1,4 millones que regularizó en la última amnistía fiscal.
La sentencia, explica que el ex "sindicalista" “hizo suyo y destinó el dinero del sindicato para sus propios gastos, utilizando los recursos ajenos en su provecho y beneficio exclusivo, extendiéndose esa conducta durante años y llevándose a cabo de diversas maneras y formas y por diferentes cantidades cada vez”.
Fernández Villa se apropió entre 1989 y 2001 de más de 234.000 euros procedentes de las dietas que la empresa Hunosa pagaba mediante cheques a los miembros del sindicato por la asistencia al Comité Intercentros, y que él cobraba para quedarse con los importes.
Además, entre 2001 y 2012 cobró de las cuentas del sindicato distintas cantidades, al margen del kilometraje y de las dietas que le correspondían por el desarrollo de sus funciones de secretario general, por un importe total de 417.394 euros.
Entre los gastos abonados desde las cuentas de la patronal hay comidas, puros, sombreros, productos dietéticos, maletas, productos delicatesen, perfumes, ropa, libros, discos y películas.
Señala que tras haber terminado de pagar un Mitsubishi Montero, siguió percibiendo las cuotas que le eran transferidas por el sindicato, por un importe total de 16.764 euros, “con el fin de compensarse de la disminución de sus ingresos” al cesar en los cargos que había ejercido en el Parlamento asturiano y en el Senado.
Destaca que “nos encontramos ante una apropiación por un importe 434.158,43 euros, que supera en más de ocho veces la prevista para la cualificación, en una conducta de infidelidad que se extiende a lo largo del tiempo, del 1989 al 2012, y ello por quien ostenta puestos de singular importancia sindical y política, por lo que la gravedad cuantitativa y las condiciones personales de su autor justifican la imposición de una pena de prisión de 3 años”.