María Isabel Altamirano Gutiérrez, viuda y con dos hijos, denuncia que el Obispado le ha interpuesto una demanda de desahucio por falta de pago de 47,34 euros de la rentas del piso en el que residen, el primero de la finca número 3 de la calle Obispo José María Rancés, en el barrio del Pópulo.
El problema se remonta a casi 30 años atrás, concretamente a septiembre de 1983, cuando subrrogó el contrato de arrendamiento que tenía su abuelo, que habitaba el piso tercero del citado inmueble, propiedad entonces de la Asociación de Hijas de la Inmaculada Concepción de María Santísima.
En enero del año siguiente la citada asociación presentó una demanda ante el Juzgado de Distrito nº 1 de Cádiz para que abandonara dicha vivienda, que el 10 de marzo fue desestimada, luego recurrida y de nuevo desestimada en esta ocasión por la Audiencia Provincial en una sentencia de fecha 13 de diciembre de ese mismo año.
María Isabel Altamirano afirma que pasados unos años dejaron de cobrarle la renta, por lo que mensualmente la enviaba a la empresa que administraba el inmueble y después la ingresaba en el Juzgado.
Ya en el año 2005, después de que el Obispado hubiese comprado la finca a la asociación religiosa, la Junta de Andalucía asumió la rehablitación del inmueble, realojándola a ella en una casa de la calle Pasquín, pero concluidas las obras le negaron regresar al piso tercero de Obispo José María Rancés, por lo que inició un nuevo pleito, que el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz no estimó, por lo que pasó a ocupar el piso primero que habita desde junio de 2010.
Desde esa fecha no logró tampoco que le cobraran las rentas, que ingresaba a partir de entonces en una cuenta de la administradora de la finca.
Pero en octubre de 2011, mediante un burofax, el Obispado le reclamó las rentas desde agosto de 2008, además de una diferencia, pese a que no fue hasta junio de 2010 cuando volvió a la vivienda ya rehabilitada.
La inquilina apunta que, finalmente, tras haber intentado llegar a una solución al problema por vía amistosa, ante el ultimatum que recibió el 13 de enero pasado y aunque la pensión que recibe es de 433 euros mensuales, ese mismo día ingresó 1.250,30 euros, el total de lo que se le reclamaba, pese a lo cual el 31 de enero el Obispado presentó la demanda de desahucio por deber aún 47,34 euros, que no le habían sido reclamados antes.
Por otra parte, desde la empresa San Francisco Servicios Profesionales, a la que la Gerencia del Obispado tiene encomendada la administración de sus propiedades, preguntados sobre la denuncia de María Isabel Altamirano manifestaron que la deuda de los 1.250,30 euros la abonó una vez presentada la demanda, que siguió por tanto su curso, y que los 47,50 euros a los que alude son de unas diferencias de los pagos que adeudaba.
En cuanto a la cuantía de la citada deuda añadieron que procede de débitos de años, al no estar de acuerdo con el importe de los recibos de alquiler.
Al respecto indicaron que su renta mensual es de 83 euros, la más baja de los inquilinos del inmueble, que además ha sido rehablitado por la Junta de Andalucía, y que pese a ello pretendía que aún fuera más reducida.
En cuanto a la casa de la calle Pasquín, en la que estuvo residiendo durante el tiempo que se prolongó la rehabilitación de la casa de Obispo José María Rancés, le fue facilitada por la propia Junta de Andalucía como vivienda de realojo temporal.
Finalmente, tras apuntar que la inquilina sigue contando con la posibilidad de recurrir, desde la firma dedicada a la administración de fincas, precisaron que el Obispado había actuado legalmente, con justicia y que por lo tanto tenían la conciencia tranquila.
Esto es una vergüenza. La iglesia se nutre de los presupuestos del estado, de la declaración de la renta, y encima no paga el IBI de sus edificios y por 47Euros se desahucia una familia. Donde esta la caridad y el amor al prójimo ???, seguro que se quedó en el cepillo de las limosnas... Vivir para ver !!!
El problema se remonta a casi 30 años atrás, concretamente a septiembre de 1983, cuando subrrogó el contrato de arrendamiento que tenía su abuelo, que habitaba el piso tercero del citado inmueble, propiedad entonces de la Asociación de Hijas de la Inmaculada Concepción de María Santísima.
En enero del año siguiente la citada asociación presentó una demanda ante el Juzgado de Distrito nº 1 de Cádiz para que abandonara dicha vivienda, que el 10 de marzo fue desestimada, luego recurrida y de nuevo desestimada en esta ocasión por la Audiencia Provincial en una sentencia de fecha 13 de diciembre de ese mismo año.
María Isabel Altamirano afirma que pasados unos años dejaron de cobrarle la renta, por lo que mensualmente la enviaba a la empresa que administraba el inmueble y después la ingresaba en el Juzgado.
Ya en el año 2005, después de que el Obispado hubiese comprado la finca a la asociación religiosa, la Junta de Andalucía asumió la rehablitación del inmueble, realojándola a ella en una casa de la calle Pasquín, pero concluidas las obras le negaron regresar al piso tercero de Obispo José María Rancés, por lo que inició un nuevo pleito, que el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz no estimó, por lo que pasó a ocupar el piso primero que habita desde junio de 2010.
Desde esa fecha no logró tampoco que le cobraran las rentas, que ingresaba a partir de entonces en una cuenta de la administradora de la finca.
Pero en octubre de 2011, mediante un burofax, el Obispado le reclamó las rentas desde agosto de 2008, además de una diferencia, pese a que no fue hasta junio de 2010 cuando volvió a la vivienda ya rehabilitada.
La inquilina apunta que, finalmente, tras haber intentado llegar a una solución al problema por vía amistosa, ante el ultimatum que recibió el 13 de enero pasado y aunque la pensión que recibe es de 433 euros mensuales, ese mismo día ingresó 1.250,30 euros, el total de lo que se le reclamaba, pese a lo cual el 31 de enero el Obispado presentó la demanda de desahucio por deber aún 47,34 euros, que no le habían sido reclamados antes.
Por otra parte, desde la empresa San Francisco Servicios Profesionales, a la que la Gerencia del Obispado tiene encomendada la administración de sus propiedades, preguntados sobre la denuncia de María Isabel Altamirano manifestaron que la deuda de los 1.250,30 euros la abonó una vez presentada la demanda, que siguió por tanto su curso, y que los 47,50 euros a los que alude son de unas diferencias de los pagos que adeudaba.
En cuanto a la cuantía de la citada deuda añadieron que procede de débitos de años, al no estar de acuerdo con el importe de los recibos de alquiler.
Al respecto indicaron que su renta mensual es de 83 euros, la más baja de los inquilinos del inmueble, que además ha sido rehablitado por la Junta de Andalucía, y que pese a ello pretendía que aún fuera más reducida.
En cuanto a la casa de la calle Pasquín, en la que estuvo residiendo durante el tiempo que se prolongó la rehabilitación de la casa de Obispo José María Rancés, le fue facilitada por la propia Junta de Andalucía como vivienda de realojo temporal.
Finalmente, tras apuntar que la inquilina sigue contando con la posibilidad de recurrir, desde la firma dedicada a la administración de fincas, precisaron que el Obispado había actuado legalmente, con justicia y que por lo tanto tenían la conciencia tranquila.
Esto es una vergüenza. La iglesia se nutre de los presupuestos del estado, de la declaración de la renta, y encima no paga el IBI de sus edificios y por 47Euros se desahucia una familia. Donde esta la caridad y el amor al prójimo ???, seguro que se quedó en el cepillo de las limosnas... Vivir para ver !!!