Un acosador laboral es aquél que hostiga de manera continuada a un@ o vari@s trabajador@s ejerciendo una presión psicológica sobre ell@s, generando estrés, mal ambiente y situaciones de ansiedad. Es una conducta hostil intimidatoria continua que, aunque sea sutil, es muy dañina para la moral del/la trabajador/a.
El/la acosador/a (normalmente un jefe intermedio o en ocasiones un trabajador protegido por él/ella) descalifica continuamente las conductas y el trabajo de los empleados, difama y alienta los rumores negativos sobre ellos/as, da órdenes de forma continua solo para establecer su autoridad y reprende continuamente por cualquier motivo, haciéndolo de forma destructiva sobre las personas que quiere acosar. Fomenta el enfrentamiento entre trabajadores y el ambiente hostil, lo que repercute negativamente en el trabajo, que se realiza de forma desmotivada y desagradable. Por lo general además, el/la acosador/a se atribuye funciones que no le corresponden, amparándose en la impunidad (complicidad) que le otorga la empresa o centro de trabajo, extendiendo su autoridad a todos los ámbitos que se vea capaz. Por ejemplo, es frecuente que, no teniendo funciones de mando sobre el personal, se las atribuya a base de presión y amenazas sobre los trabajadores/as. Es un delator/a de cualquier mínima conducta, denunciando a la empresa cualquier actitud (a menudo inventada) de los/as trabajadores/as que se nieguen a aceptar su prepotencia. Por si fuera poco, casi siempre dedica su tiempo a esas actividades, eludiendo así realizar ningún trabajo productivo, que por supuesto tienen que realizar los demás.
El/la acosador/a (normalmente un jefe intermedio o en ocasiones un trabajador protegido por él/ella) descalifica continuamente las conductas y el trabajo de los empleados, difama y alienta los rumores negativos sobre ellos/as, da órdenes de forma continua solo para establecer su autoridad y reprende continuamente por cualquier motivo, haciéndolo de forma destructiva sobre las personas que quiere acosar. Fomenta el enfrentamiento entre trabajadores y el ambiente hostil, lo que repercute negativamente en el trabajo, que se realiza de forma desmotivada y desagradable. Por lo general además, el/la acosador/a se atribuye funciones que no le corresponden, amparándose en la impunidad (complicidad) que le otorga la empresa o centro de trabajo, extendiendo su autoridad a todos los ámbitos que se vea capaz. Por ejemplo, es frecuente que, no teniendo funciones de mando sobre el personal, se las atribuya a base de presión y amenazas sobre los trabajadores/as. Es un delator/a de cualquier mínima conducta, denunciando a la empresa cualquier actitud (a menudo inventada) de los/as trabajadores/as que se nieguen a aceptar su prepotencia. Por si fuera poco, casi siempre dedica su tiempo a esas actividades, eludiendo así realizar ningún trabajo productivo, que por supuesto tienen que realizar los demás.
El acoso es un delito al que el Código Penal aplica pena de cárcel. El EBEP considera falta muy grave el acoso moral. La LPRL y la jurisprudencia establecen como responsable no solo al sujeto activo, sino a la empresa (y por tanto a sus cargos directivos) que, teniendo conocimiento de una situación de acoso, no adopte las medidas pertinentes para hacer cesar dicha conducta.
Gran parte de la impunidad de los/as acosadores/as se basa en la dificultad para denunciar y demostrar estas situaciones. Por eso antes de denunciar se recomienda sopesar bien la decisión y recopilar una buena cantidad de pruebas. Por supuesto, el acoso siempre lo ejercen de forma individual, buscando el momento para poder intimidar aisladamente.
Ante estas situaciones la CNT-AIT recomienda plantar cara y hacer frente al acosador o acosadora. No nos fiamos de la justicia; puedes estar años de juicios y perderlos, y mientras sigues sufriendo el acoso todos los días. Por otra parte, la división y el mirar para otro lado solo beneficia los propósitos del sujeto. En cambio, hay muchas acciones que sí son muy efectivas:
● No permitir el acoso aislado. Si tiene algo que decirnos, buscar la presencia de compañeros/as que escuchen todo lo que dice.
● Grabar siempre las conversaciones con él o ella. Una grabación es válida como prueba en un juicio si es de una conversación en la que participamos nosotros. También es efectivo hacerle creer que le estamos grabando, aunque no lo hagamos.
● Llevar una relación escrita de cada situación de acoso, anotando todos los datos (fecha, hora, testigos, descripción…)
● Despojarle de su autoridad. Tener claro cuáles son sus funciones y no permitirle que se atribuya otras. Ignorarle o negarse a cumplir mandatos que no se correspondan estrictamente con esas funciones. Ante instrucciones fuera de sus funciones o de nuestras obligaciones, exigirle que lo pida por escrito.
● Hacer el vacío al/a la acosador/a. Que se encuentre solo/a, no hablarle, no tratarle como un compañero/a (porque no lo es). Mostrarle nuestro desprecio.
● Recurrir a la solidaridad entre los/as trabajadores/as, algo que nunca deberíamos perder. Apoyarnos unos/as a otros/as, y si es preciso realizar reuniones (excluyendo al sujeto y sus cómplices) y tomar medidas colectivas. Recordad que nadie puede impedir que nos organicemos fuera de nuestro horario laboral.
● Valorar presentar escritos de queja a la empresa (o administración), siempre mejor de forma colectiva, sobre las actitudes del sujeto.
+info: 'http://elmilicianocnt-aitchiclana.blogspot.com/2017/02/asesorate-ante-el-acoso-laboral.html'
La CNT-AIT no tolera el acoso, y aconseja pagar a los acosadores con su misma moneda. Contra la explotación, acción directa.
CNT-AIT, sin liberadas/os, sin subvenciones