jueves, 7 de mayo de 2020

Estado español: las empleadas del hogar ya pueden solicitar su ayuda por desempleo por la pandemia del coronavirus.



Las empleadas del hogar ya pueden solicitar su ayuda por desempleo si han dejado de trabajar, de forma total o parcial, durante la pandemia del coronavirus.

Después de un mes de su aprobación, podrán acogerse a este “subsidio de desempleo extraordinario”. Tendrán derecho a cobrar la ayuda aquellas trabajadoras que han dejado prestar servicios a fin de reducir el riesgo de contagio, así como aquellas que hayan visto el contrato extinguir por causas ajenas a su voluntad. La medida es vigente a partir de la entrada en vigor del estado de alarma y durante su duración. Se aplica únicamente al personal que haya sido dado de alta a la Seguridad Social antes del decreto del 14 de marzo y no al que cobra de manera informal.

El paso a paso para solicitar la ayuda se puede consultar en la página del SEPE . Se puede solicitar desde el 5 de mayo hasta un mes después del fin del estado de alarma.

El importe del subsidio es equivalente al 70% de la base reguladora correspondiente a la actividad que se ha dejado de desempeñar. El importe no puede superar en ningún caso el salario mínimo interprofesional (SMI), fijado en 950 euros al mes. Es compatible con el mantenimiento de otras actividades por cuenta propia o por cuenta ajena, salvo que la suma de los ingresos derivados del subsidio y el resto de las actividades sea superior al SMI.

Sin embargo, la ayuda es incompatible con el hecho de ser beneficiario del subsidio por incapacidad temporal o de haber disfrutado del permiso retribuido recuperable adoptado durante el estado de alarma. Una vez aprobado por el SEPE, la ayuda se cobra los días 10 de cada mes durante todo el tiempo que dure la medida.

Además el personal del hogar deja de ser, por primera vez, el único cotizante con un régimen en la Seguridad Social sin derecho a paro.