La reforma laboral del Gobierno se está tramitando en el Senado. El próximo 25 de agosto está prevista su aprobación y su vuelta al Congreso para hacerla definitiva.
Una de las medidas más destacadas de esta reforma está relacionada con los cursos de formación que ofrece el INEM. Ahora los parados que reciben algún tipo de prestación que no acudan a los cursos desde el primer día podrán ser sancionados.
Hasta el momento, en teoría, los desempleados debían acudir a cursos de formación laborales o a itinerarios de inserción laboral también desde el primer día, pero tenían la opción de rechazarlos durante los cien primeros días. A partir de ahora los parados se verán obligados a aceptar cualquier tipo de curso ya que la sanción puede ir desde la pérdida de un mes de prestación hasta la pérdida definitiva si continúan sin asistir
Si se lleva a cabo esta enmienda los resultados pueden parecer positivos para la economía, pero serán más positivos para el Ministerio de Trabajo cuando llegue el momento de publicar las cifras del paro. No olvidemos que en 2008 el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera decidió que a las personas que estaban apuntadas a los cursos de formación ya no se las consideraría desempleadas, se las catalogaría como demandantes de empleo no ocupados -DENOS- y así no figurarían en las estadísticas del paro. Por lo tanto está obligación de asistencia a cualquier curso que ofrezca Trabajo va a suponer en cualquier caso una mejora en los datos del desempleo.
Lo que también queda en entredicho es la utilidad de estos cursillos: el INEM sigue sin conseguir colocar a los demandantes de empleo en el mercado laboral. El año pasado el Gobierno solo colocaba el 2% en el mercado. La gran mayoría de los colocados los hacía por mediación privada.
Otra de las medidas que se han presentado en la Cámara Alta es para beneficiar la situación de las empleadas de hogar. El Gobierno considera que los salarios que reciben son muy bajos y que incluso un 30% lo obtiene en especie. Por ello establece que deberán cobrar al menos el salario mínimo interprofesional, que en 2010 está fijado en 633 euros mensuales independientemente de que reciban alojamiento o comida.
Una de las medidas más destacadas de esta reforma está relacionada con los cursos de formación que ofrece el INEM. Ahora los parados que reciben algún tipo de prestación que no acudan a los cursos desde el primer día podrán ser sancionados.
Hasta el momento, en teoría, los desempleados debían acudir a cursos de formación laborales o a itinerarios de inserción laboral también desde el primer día, pero tenían la opción de rechazarlos durante los cien primeros días. A partir de ahora los parados se verán obligados a aceptar cualquier tipo de curso ya que la sanción puede ir desde la pérdida de un mes de prestación hasta la pérdida definitiva si continúan sin asistir
Si se lleva a cabo esta enmienda los resultados pueden parecer positivos para la economía, pero serán más positivos para el Ministerio de Trabajo cuando llegue el momento de publicar las cifras del paro. No olvidemos que en 2008 el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera decidió que a las personas que estaban apuntadas a los cursos de formación ya no se las consideraría desempleadas, se las catalogaría como demandantes de empleo no ocupados -DENOS- y así no figurarían en las estadísticas del paro. Por lo tanto está obligación de asistencia a cualquier curso que ofrezca Trabajo va a suponer en cualquier caso una mejora en los datos del desempleo.
Lo que también queda en entredicho es la utilidad de estos cursillos: el INEM sigue sin conseguir colocar a los demandantes de empleo en el mercado laboral. El año pasado el Gobierno solo colocaba el 2% en el mercado. La gran mayoría de los colocados los hacía por mediación privada.
Otra de las medidas que se han presentado en la Cámara Alta es para beneficiar la situación de las empleadas de hogar. El Gobierno considera que los salarios que reciben son muy bajos y que incluso un 30% lo obtiene en especie. Por ello establece que deberán cobrar al menos el salario mínimo interprofesional, que en 2010 está fijado en 633 euros mensuales independientemente de que reciban alojamiento o comida.