viernes, 15 de marzo de 2019

UGT Galicia: pagos en B y contratos temporales durante una década



Suma y sigue. Siguiendo las prácticas de la peor mafia patronal: una sentencia desvela que una "sindicalista" de la amarilla UGT en Galicia trabajó durante siete meses sin contrato de trabajo, en periodos en los que cobraba el paro y concatenando contratos temporales durante diez años... Y esto lo hace - según se definen - un "sindicato"

Trabajó durante siete meses sin contrato, periodo durante el que cobró en B. No se trata del abuso laboral de una empresa cualquiera: la ilegalidad tuvo lugar en el "sindicato" amarillo UGT en Galicia entre 2001 y 2002. Es una de las irregularidades que destapa una sentencia de un juzgado de lo social de Vigo, que anula el despido de Rosa María Acuña y concluye que la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo del "sindicato" reformista en Galicia usó un ERE para "liquidar" a rivales tras unas elecciones internas.

La resolución judicial,  recoge que la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo del sindicato en Galicia no cumplió "ninguno de los requisitos" establecidos para el despido colectivo, en el que incluyó a Rosa María Acuña y otros tres trabajadores, más un quinto que se sumó voluntariamente.


Aunque desde la "socialista" UGT defienden el ERE ejecutado, aún no confirman que el "sindicato" vaya a recurrir la sentencia condenatoria. "Nuestro gabinete jurídico está analizando la sentencia, pues cabe la posibilidad de que decidamos recurrirla ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia".

Un "sindicato" con contratos temporales de 1998 a 2007

Más allá del análisis del ERE, la sentencia detalla además las condiciones laborales de la denunciante desde el inicio de su actividad para el "sindicato-empresa": 1998. La mujer ha trabajado "de forma ininterrumpida" para el "sindicato" UGT en Vigo desde ese año, según constatan los hechos probados de la sentencia, pero su historia laboral no lo refleja como tal.
 
Sumó durante casi una década contratos temporales, por obra y servicio o circunstancias de la producción, que se concatenaban o se firmaban al cabo de unos días. Desde 1998 a 2007. En algunos de esos contratos ni siquiera figura la causa que debe justificar la contratación eventual. La mayoría de las contrataciones están ligadas a la Federación de Servicios del "sindicato" reformista en esa Comunidad, pero también al Instituto de Formación y Estudios Sociales y a UGT Galicia.

En UGT Galicia guardan silencio y apuntan que no quieren hacer declaraciones ya que la relación laboral con la sindicalista fue legal. El secretario general de la FeSMC estatal de UGT apunta en cambio que, tanto en el caso del ERE como en lo referido a las condiciones laborales de la trabajadora, el organismo "cuenta con órganos internos de garantías y control, y un Código Ético que aplicaremos sin dudar para, llegado el caso, depurar responsabilidades si fuera necesario".
 
Pagos en B mientras cobraba el paro

En estos años de concatenación de contratos eventuales, hubo un periodo en el que Rosa María Acuña ni siquiera estuvo dada de alta en la Seguridad Social por el "sindicato". La mujer trabajó desde agosto de 2001 a marzo de 2002 sin contrato. "Se le pagaba en B por los responsables comarcales del "sindicato", recoge la sentencia.

El magistrado,  también sostiene en la resolución judicial que la demandante trabajó para el sindicato y cobró en negro incluso "complementado la prestación por desempleo". Estos hechos, insiste, han sido corroborados por "los testigos protagonistas o convivientes con este fraude, conocido por el sindicato tanto en sus direcciones territoriales como nacionales".

El juez considera acreditado un fraude en la situación laboral de la denunciante, entre otros motivos, "porque la concatenación de contratos sin causa es desmesurada, porque se ha trabajado sin contrato y sin alta en la Seguridad Social y porque se ha trabajado cobrando prestaciones por desempleo", suscribe.
 
El juez, critica además con dureza al "sindicato" amarillo porque, cuando la FeSMC de UGT en Galicia incluyó a Rosa María Acuña en el ERE estatal del año pasado, no tuvo en cuenta para su indemnización la antigüedad total de sus servicios prestados (desde 1998), sino solo desde 2008, año desde el cual la trabajadora ha estado empleada con un contrato indefinido. Para el juzgador se trata de un "error inexcusable" porque "el "sindicato" debía conocer a la perfección la doctrina unificada en casos de concatenación de fraude", señala.

La sentencia contempla también que a partir de un momento dado la sindicalista firmó un contrato de alta dirección, pero el magistrado asegura que se trata de "otro hito más en el fraude", ya que UGT no acreditó que la mujer cambiara de estatus o ejerciera cargo político sindical dejando las funciones de organizadora sindical que cumplía anteriormente.
 
El magistrado destaca que "determinados hechos que puedan ser censurables en un contexto muy concreto no deben opacar la honestidad de todos los que nos dedicamos a esta digna labor en defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras" y recuerda que la federación que dirige "cuenta con más de 200.000 afiliados y decenas de responsables sindicales, asalariados y colaboradores que ejercen su responsabilidad con transparencia, buena fe y dedicación".