Te lo habrás preguntado miles de veces, y te vamos a decir cómo se debe actuar y pasos a seguir. Es un proceso que poc@s trabajador@s conocen, el de comunicación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de los ilícitos cometidos por parte del "jef@" patrón o empresario.
Esta comunicación, que se denomina "denuncia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social" debe contener todos los hechos ilegales que por parte del/la empresari@ se están cometiendo: Horas extras impagadas, no respeto de la jornada de trabajo, no respeto a reducciones de jornada, salarios impagados, no alta en Seguridad Social, falta de medidas de prevención de riesgos laborales y un sin fin de situaciones que podéis observar en el desarrollo de vuestra actividad laboral.
En primer lugar debéis saber que esta comunicación es totalmente anónima, aunque debais rellenarla con vuestros datos personales y firmarla, jamás el/la empresari@ sabrá el por qué de esa repentina visita de la Inspección de Trabajo al centro de trabajo.
¿Qué hechos y situaciones podéis denunciar?
A estos efectos se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de l@s sujet@s responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social. En este caso la normativa laboral esta constituida principalmente por la Ley de infracciones y sanciones en el orden social, la cual regula los hechos constitutivos de sanciones por parte del/ la empresari@.
¿Quién puede denunciarlo?
Tod@s l@s trabajador@s. No importa el tipo de contrato que tengan, ni la duración de la jornada ni cualquier otra vicisitud de la relacion laboral.
¿Qué consecuencias tiene la denuncia para el/la trabajador/a?
Absolutamente ninguna. La denuncia es anónima tal y como se desprende del art. 10 del Real decreto Real Decreto 928/1998, en el que obliga al/la funcionari@ inspector/a y subinspector/a a guardar secreto.
¿Y para el/la empresari@?
Tras la denuncia, la ITSS preparará una visita al centro de trabajo e investigará si cree oportuno los hechos que presuntamente son objeto de ilícitos. En caso de que se constate el ilícito levantará acta de sanción contra el/la empresari@.
¿Cuál es el procedimiento de denuncia?
En primer lugar se ha de presentar escrito de denuncia en el modelo oficial ante la Dirección Provincial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el caso de Cádiz se encuentra en la calle Acacias, 2 11007 Cádiz. Tlf. 956 28 81 11
Según el artículo 9.1.f del citado Real Decreto 928/1998 ,en dicho formulario se tendréis que relatar los hechos uno a uno, debiendo contener de forma explícita los siguientes datos:
Datos de identificación personal del/la denunciante y su firma, siendo necesario incluir teléfono de contacto.
Los hechos presuntamente constitutivos de infracción. Concretando qué se denuncia y a qué materia concreta afecta (laboral, seguridad social, prevención de riesgos, etc.)
Fecha y lugar en el que se produjeron los hechos. Es necesaria su localización exacta en caso de no ubicarse en dirección concreta.
Identificación de l@s presuntamente responsables, señalando el empleador o empresari@ al que se denuncia
Demás circunstancias relevantes, acompañando, en su caso, la documentación justificativa.
MODELO DE DENUNCIA ANTE LA ITSS
¿Dónde podéis presentar el escrito?
El escrito podéis presentarlo de forma presencial o telemática. Si quereis hacerlo de forma presencial, tendreis que personáros en los registros de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social, así como en los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, así comode las administraciones locales, siempre que exista el correspondiente convenio.
Si por el contrario realizamos la presentación telemática, debemos acceder Sede Electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, siempre que la persona que denuncia disponga del DNI o de certificado electrónico.
¿Y si quereis retirar la denuncia en algún momento?
Para retirar la denuncia sólo tendréis de rellenar el formulario de anulación de denuncia y enviarlo a la Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social siguiendo los mismos canales que mencionamos anteriormente.