El Gobierno indemnizará con 4.000 euros a A.R.S., que estuvo en prisión 94 días por la aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes en los años 70.
Por primera vez, un homosexual recibirá una indemnización del Estado español por ser encarcelado durante la dictadura por su condición sexual. Y es que la Comisión de indemnizaciones a Ex-Presos Sociales ha acordado compensar económicamente con 4.000 euros a A.R.S, un hombre homosexual que tuvo que permanecer en prisión durante 94 días por la aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes a mediados de los años setenta, según ha informado la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
En la notificación de la Comisión de Indemnizaciones a Ex-Presos Sociales, creada el pasado mes de marzo y dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, se explica al afectado que le corresponde una "indemnización al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008". Asimismo, se le anuncia que "en fechas próximas se procederá a ingresar el importe en la cuenta corriente" señalada en su solicitud.
Para optar a esta compensación económica, el afectado, que reside en la localidad valenciana de Xirivella, aportó en su momento documentación que confirmaba que había estado encarcelado a mediados de los años setenta por un expediente de "peligrosidad social". Así, esta información aseguraba que permaneció en las cárceles de Valencia y Badajoz durante un total de 94 días.
De esta manera, el indemnizado dejaba probado que la medida de internamiento le fue impuesta por la aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes de 1954 o por la Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación social de 1970. Además, demostró que esta pena fue de al menos un mes y que la aplicación de las citadas leyes se efectuó por su condición de homosexual. Finalmente, como el internamiento de 94 días queda comprendido en el periodo de entre un mes y seis meses, a A.R.S. le corresponde una indemnización de 4.000 euros, al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado de 2009.
Tras conocer este hecho histórico, la Asociación de Ex-Presos Sociales mostró "su satisfacción por el hecho" de que la Comisión haya empezado a notificar a los afectados el estado de la tramitación de sus expedientes y por el primer caso en el que se ha reconocido el derecho a una indemnización por el tiempo pasado en prisión debido a la condición sexual. En la misma línea, la Asociación valoró positivamente en un comunicado que a estas personas, después de treinta años desde la despenalización de la homosexualidad en España, "por fin les sea devuelta su dignidad, la cual nunca debieron perder tan infamemente y pasen a ocupar su lugar en la historia".
Por primera vez, un homosexual recibirá una indemnización del Estado español por ser encarcelado durante la dictadura por su condición sexual. Y es que la Comisión de indemnizaciones a Ex-Presos Sociales ha acordado compensar económicamente con 4.000 euros a A.R.S, un hombre homosexual que tuvo que permanecer en prisión durante 94 días por la aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes a mediados de los años setenta, según ha informado la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
En la notificación de la Comisión de Indemnizaciones a Ex-Presos Sociales, creada el pasado mes de marzo y dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, se explica al afectado que le corresponde una "indemnización al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008". Asimismo, se le anuncia que "en fechas próximas se procederá a ingresar el importe en la cuenta corriente" señalada en su solicitud.
Para optar a esta compensación económica, el afectado, que reside en la localidad valenciana de Xirivella, aportó en su momento documentación que confirmaba que había estado encarcelado a mediados de los años setenta por un expediente de "peligrosidad social". Así, esta información aseguraba que permaneció en las cárceles de Valencia y Badajoz durante un total de 94 días.
De esta manera, el indemnizado dejaba probado que la medida de internamiento le fue impuesta por la aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes de 1954 o por la Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación social de 1970. Además, demostró que esta pena fue de al menos un mes y que la aplicación de las citadas leyes se efectuó por su condición de homosexual. Finalmente, como el internamiento de 94 días queda comprendido en el periodo de entre un mes y seis meses, a A.R.S. le corresponde una indemnización de 4.000 euros, al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado de 2009.
Tras conocer este hecho histórico, la Asociación de Ex-Presos Sociales mostró "su satisfacción por el hecho" de que la Comisión haya empezado a notificar a los afectados el estado de la tramitación de sus expedientes y por el primer caso en el que se ha reconocido el derecho a una indemnización por el tiempo pasado en prisión debido a la condición sexual. En la misma línea, la Asociación valoró positivamente en un comunicado que a estas personas, después de treinta años desde la despenalización de la homosexualidad en España, "por fin les sea devuelta su dignidad, la cual nunca debieron perder tan infamemente y pasen a ocupar su lugar en la historia".