miércoles, 26 de enero de 2011

Como "esconder" a más parados


Trabajo plantea una nueva medida para 'esconder' a más parados

¿Cuántos parados hay realmente en España? Depende de la fuente consultada. Según el Ministerio de Trabajo, 2010 se cerró con 4,1 millones de personas desempleadas. Pero la Encuesta de Población Activa que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE) eleva la cifra hasta los 4,5 millones. Ésta corresponde al cierre de septiembre de 2010. Probablemente, cuando actualice los datos el próximo viernes 28, arroje algunos más.
¿Cuál es el motivo de esta diferencia? Entre los 'olvidados' por Trabajo se engloban aquellos demandantes de empleo con condiciones especiales, por ejemplo estar cursando estudios de enseñanza oficial y ser demandantes de primer empleo, trabajadores beneficiarios del subsidio agrario o personas apuntadas a cursos de formación de los Servicios Públicos de Empleo. Son conocidos como 'denos', demandantes de empleo no ocupados.

A ellos hay que sumar los demandantes de empleo que solicitan condiciones laborales especiales, como un trabajo a domicilio, por Internet o en el extranjero. El Gobierno los llama 'trabajadores con disponibilidad limitada', y tampoco computan como parados.
Un nuevo colectivo:
Pues bien, el Gobierno estudia ahora añadir a estos colectivos un nuevo grupo: personas beneficiarias de prestaciones por desempleo que no renueven su demanda de empleo cuando les corresponda. Propone que, en este caso, se les cambie su situación a 'suspensión con intermediación laboral', manteniéndose en esa situación hasta que proceda modificarla. Así lo recoge en el Documento de bases para la reforma de políticas activas de empleo que el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, remitió ayer a las comunidades autónomas.

Según los criterios de trabajo, quienes se encuentran situación de 'suspensión con intermediación laboral' no son considerados parados y, por tanto, no contabilizan en las estadísticas del paro, según los criterios del Gobierno.
Eso sí, los Servicios Públicos de Empleo deberán estudiar su caso y establecer por que no renuevan la demanda a pesar de que siguen cobrando la prestación. En ese caso deberán reorientar al desempleado.
Ahora bien, aquellas personas beneficiarias que, transcurrido un periodo de tiempo en desempleo, no han realizado acciones de mejora de la empleabilidad, tendrán una participación prioritaria en las acciones de formación.