Jubilación a los 67 años sí o sí. El Gobierno "socialista" ya lo ha dicho, lo ha escrito y está a punto de llevarlo a la mesa del Consejo de Ministros: la edad legal de jubilación de los españoles se extenderá dos años más...excepto para sus "señorías.
Dos legislaturas en un escaño y cualquiera de estos parásitos ya tiene garantizada cuando se retire la pensión máxima de jubilación. El sistema de pensiones de sus "señorías" según, el Letrado Mayor de las Cortes Generales no hay intención de cambiarlo porque la situación de diputados y senadores «no es comparable a la del conjunto de los ciudadanos» porque los primeros «son representantes del pueblo español y no tienen una relación laboral no estatutaria con las Cámaras a las que pertenecen». Y que las Cortes Generales no son las únicas que prevén un régimen de protección social para sus parlamentarios que incluyen prestaciones sobre presiones, además de que «ni siquiera han sido pioneras en esta cuestión». El Letrado Mayor apela a las jubilaciones de parlamentarios italianos, británicos, franceses y alemanes para justificar las que tienen los diputados españoles y defiende también la indemnización por cese de actividad parlamentaria ya que sus señorías no tienen derecho al subsidio por desempleo.
Conclusión: las Mesas del Congreso y del Senado consideran que el acuerdo unánime de todos los partidos alcanzado en 2006 para aprobar el Reglamento de Pensiones de sus "señorías" "establece un tratamiento digno para quienes han sido "representantes" de los españoles" y lo consideran "económicamente moderado", además de "viable" en comparación con las previsiones establecidas en otros "parlamentos o instituciones públicas". Es más, defienden que las prestaciones que reciben los parlamentarios nacionales se pueden situar en un perfil "medio/bajo" si se comparan con las prestaciones fijadas para quienes fueron, por ejemplo, eurodiputados o miembros de Gobiernos autonómicos. Como se sabe, el modelo de pensiones de los diputados y senadores fue aprobado, por consenso de todos los grupos, en 2006 y establece que los parlamentarios que hayan ejercido esa actividad al menos siete años y cuenten 65 en el momento de recibir la pensión tendrán derecho a la jubilación máxima.