La esclavitud se abolió en Bolivia a los pocos años de la independencia. Puede entonces negarse que en Bolivia haya esclavitud. Sin embargo, haberla, hayla.
Esclavitud es cualquier forma de sometimiento de un ser humano  a dominio ajeno contra su voluntad. El instrumento principal de Naciones Unidas  contra la esclavitud, que data de 1956, es la Convención sobre la Abolición de  la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a  la Esclavitud, la cual extiende de forma expresa su alcance abolitorio a “la  servidumbre” entendida como “la condición de la persona que está obligada por la  ley, por la costumbre o por un acuerdo a vivir y a trabajar sobre una tierra que  pertenece a otra persona…” (art. 1.b).
Bolivia ha ratificado esta Convención en 1983. Se tomó su  tiempo. Tenía por el área amazónica el problema de territorios expoliados a  comunidades indígenas manteniéndose a las mismas en estado de cautividad. Venía  intentando solucionarlo a su manera, no liberando a las personas y devolviendo  las tierras a las comunidades, sino de la forma exactamente contraria, esto es  reconociendo el expolio con título de propiedad plena que de hecho alcanzaba al  dominio sobre las personas. Ha venido así Bolivia actuando contra la Convención  sobre la Abolición de la Esclavitud y Prácticas Análogas.
En 2007, el Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de  Reforma Agraria, de 1996, modificada por la Ley de Reconducción Comunitaria de  la Reforma Agraria, de 2006, viene por fin a adoptar las previsiones pertinentes  para la abolición de las prácticas que implican esclavitud mediante la  cancelación del reconocimiento de propiedad “cuando se establezca la existencia  de relaciones servidumbrales como efecto de cualquier actividad dentro de un  predio agrario” (art. 3.m).
Se contempla no sólo la expropiación de propiedades que, por  implicar servidumbre, nunca se debieran haber reconocido, sino también la  impropriación de quienes entonces resultan sin género de dudas sus legítimos  titulares. “Garantizar y priorizar el acceso a la tierra de las familias y las  comunidades sometidas a empatronamiento, cautiverio, trabajo forzoso y sistema  servidumbral de relación laboral” es también un objetivo expreso de esta  reconducción de una reforma agraria (art. 4.e).
Pues interesa al derecho humano básico de la libertad personal, este aspecto de la reforma agraria boliviana no es letra pequeña dentro de un proyecto de refundación constitucional del país. “Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna”, proclama el texto constitucional pendiente de referéndum ciudadano (art. 14.I). Es principio que se toma bien en serio por la Constitución misma con un despliegue de derechos y garantías, en un pie igualdad entre todos y todas, absolutamente inédito en la historia boliviana.
Compárese con los estatutos de autonomía que se han sometido a referéndum de forma inconstitucional y sin garantías en los departamentos rebeldes. Su diseño de competencias se dirige a interceptar el derecho nacional en materias como ésta de un ordenamiento agrario que hasta ahora ha ofrecido cobertura a relaciones prácticamente de esclavitud. Nunca se trata de letra pequeña. De quienes están promocionando este género de estatutos puede decirse que son no sólo racistas, sino incluso esclavistas.
Sirva como ilustración el Estatuto de Santa Cruz. Véase su artículo 6.I:
“El Gobierno Departamental Autónomo de Santa Cruz tiene competencia para ejercer la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, sobre las siguientes materias: (…) 9. Tierras. 10. Agricultura y ganadería“.
No necesita decir más. Con eso basta para asegurar la propiedad  ilegítima sobre comunidades cautivas. Basta estar sobre el terreno para entender  el alcance esclavista de una tal autonomía. En este contexto, si la esclavitud  desaparece es por expulsarse a las comunidades consumándose el despojo.
Tratándose de derechos humanos y además tan elementales, cabría  esperar que las agencias de Naciones Unidas competentes estuvieran, tanto en  Ginebra como en Bolivia, claramente alienadas con el proyecto constitucional  frente a la subversión departamental. Por mucho que pueda sorprender, no es el  caso. Entienden que se trata de un conflicto interno entre dos visiones de país  distintas. Por triste que resulte, habrá de tomarse nota de que Bolivia está  sufriendo el fuego cruzado de acosos racistas no sólo desde el interior.
